Intuitu pecuniae
Derecho Civil
(Latín: "En atención al dinero")
Definiciones
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Acep. Característica de ciertos contratos o actos jurídicos en tanto el factor determinante para su celebración es la contraprestación obtenida, no consideraciones relativas a la persona con que se contrata.
Ejemplo:
La compraventa generalmente es intuito pecuniae pues su objetivo es, para el vendedor, obtener dinero, y para el comprador, obtener el objeto, sin considerar quien es la contraparte.