Res perit domino
Derecho Civil
(Latín: "La cosa perece para el dueño")
Definiciones
1
Acep. Principio del derecho privado romano y característica de la mayoría de los sistemas de derecho civil que indica que es el propietario quien asyme el riesgo de daño o pérdida de su propiedad y que solo será exigible la reparación a un tercero en tanto hayan motivos legales justificados.
Información adicional
Otras formas
Se puede entontrar también como casum sentit dominus donde “casum” se refiere a “caída” o “accidente”, significando más o menos “el propietario sufre el riesgo/accidente”.