Res perit domino

Derecho Civil
(Latín: "La cosa perece para el dueño")

Definiciones

1

Acep. Principio del derecho privado romano y característica de la mayoría de los sistemas de derecho civil que indica que es el propietario quien asyme el riesgo de daño o pérdida de su propiedad y que solo será exigible la reparación a un tercero en tanto hayan motivos legales justificados.

Información adicional

Otras formas

Se puede entontrar también como casum sentit dominus donde “casum” se refiere a “caída” o “accidente”, significando más o menos “el propietario sufre el riesgo/accidente”.

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